TRATAMIENTO profesor isonómico Red Docente FAETEC
Aprendizado

TRATAMIENTO profesor isonómico Red Docente FAETEC


TRATAMIENTO profesor isonómico Red Docente FAETEC



Los órganos y entidades de la administración directa e indirecta en la realización de las actividades que les conciernen se rigen por normas. Además de las normas específicas para cada materia o sector, hay principios generales que informan a los campos grandes. Son los principios del derecho administrativo. Dado que las actividades de la Administración Pública se rigen principalmente por el derecho administrativo, estos principios también se pueden considerar los principios legales de la administración pública brasileña.
Tiene, por tanto, que la autoridad pública no se le da el poder de crear situaciones que aún puede probados, pero sin el poder mágico de la legalidad, para remover al titular de un derecho subjetivo a su ejercicio lídimo. Ella está vinculada con el principio de legalidad. Sólo se puede hacer lo que permite la ley, sin enarbolar el principio de legalidad, cuyo campo de acción sólo para carreras particulares. De todos modos, la autoridad sólo puede actuar en estricta cosecha de legalidad. Para legítimo es lo que la ley no prohíbe; Sin embargo, la autoridad para esto no es suficiente, es necesario que la ley le autoriza a practicar. Entonces sí se puede actuar. Fuera de lo que es el abuso de poder y autoridad.
Por su parte, Carmen Lucia Antunes Rocha (1994, p. 33) advierte que "la impersonalidad administrativa se rompe, ultrajando a principiologia jurídico-administrativa, cuando la razón que lleva a una práctica por la autoridad pública no es una razón legal basado en el interés público, sino en el interés particular del autor ".
Por lo tanto obligados a concluir que el principio de impersonalidad tiene un fuerte vínculo con el Principio de Igualdad o la igualdad, que exige que todas las personas sean tratadas por igual por la Administración Pública, sin embargo, vemos que la máxima aristotélica debe observarse. Es decir, la impersonalidad se traduce en la búsqueda de tratamiento isonómico que debe darse a todos los que se administra en situación jurídica idéntica.




SECRETARIO DE ESTADO PARA LA CIENCIA Y LA TECNOLOGÍA ANEXO VIII
FUNDACIÓN ESCUELA DE ASISTENCIA TÉCNICA
ACTO DEL PRESIDENTE
ORDENANZA PR / FAETEC # 322 de 11 de agosto 2011
HACE UNA LISTA DE SERVIDORES PÚBLICOS
ACTIVOS CUBIERTOS POR LA LEY N º 5766/2010, MODIFICADA POR LA LEY NO 5974/2011 que se transfieren, Y SUS ROLES PARA EL PERSONAL PERMANENTE DE FAETEC y otras medidas.
EL PRESIDENTE DE LA FUNDACIÓN DE APOYO A LA ESCUELA TÉCNICA uso de las atribuciones legales que les confiere la legislación y de acuerdo con el procedimiento administrativo N º E-26/36 729/2011,
CONSIDERANDO:
- Ley N º 5766, de 29 de junio de 2010, que transfiere la estructura posiciona el Departamento de Educación del Estado - SEEDUC de Fundación de Apoyo a la universidad técnica del estado de Río de Janeiro -
FAETEC y otras disposiciones, modificada por la Ley N ° 5974 del 20 de mayo de 2011.
- La Ordenanza PR / FAETEC N º 313 de 20 de junio de 2011 por el que se establecen disposiciones para la elaboración de la plantilla permanente de la Fundación Colegio Técnico Soporte - FAETEC de puestos transferidos de la estructura del Departamento de Educación del Estado - SEEDUC, y otras medidas.
RESUELVO:
Art 1 -. Hacer pública la lista de los empleados activos cubiertos por la Ley N ° 5766/2010, modificada por la Ley N º 5974/2011, que no han ejercido hasta el 8 de julio del 2011, el derecho a elegir a permanecer en el marco de la Secretaría de Estado de Educación - SEEDUC, de acuerdo con la regla del art. 2 de la Ley N º 5766/2010, modificada por la Ley N º 5974/2011.
Párrafo único - Los servidores que aparecen en relación adjunta a la presente ordenanza serán transferidos, así como sus posiciones para los empleados permanentes de FAETEC.
Art. 2 - El Comité Especial sobre el marco, establecido de conformidad con el art. 2 de la Ordenanza PR / FAETEC N º 313, de 20 de junio de 2011, adoptan procedimientos para la aplicación de lo dispuesto en el art. 3 de la Ley N º 5766/2010, modificada por la Ley N º 5974/2011.
Art. 3 - La presente Ordenanza entrará en vigor en la fecha de su publicación.
ANEXO
LISTA DE SERVIDORES CUBIERTOS POR LA LEY N ° 5766/2010 MODIFICADO POR LA LEY NO 5974/2011, optando NO PERMANECER EN LAS TABLAS EN SEEDUC.
MATR NOMBRE CARGO
00382390 Adaia NETO DEL PROFESOR DE EDUCACIÓN ASESOR
01128297 Adaia NETO DEL PROFESOR DE EDUCACIÓN ASESOR
01219906 CYNTIA MUYLAERT R. DE CASTRO EDUCACION MAESTRO SUPERVISOR - I
AMELIA Armond 01120575 LINDA CAMPOS PROFESOR DE EDUCACIÓN SUPERVISOR I
01068147 ROMERO PEREIRA MARTINS MAESTRO EDUCACIÓN ASESOR
Río de Janeiro, 11 de agosto 2011
Celso Pansera
Presidente
http://www.faetec.rj.gov.br/divrh/images/docs/port_322_seeduc_faetec.pdf


Como podemos ver, el Principio de Igualdad resultó herido porque los empleados FAETEC no recibió tratamiento y el nombre de la oficina como el SEEDUC personal que se enmarca, si los Directores de FAETEC no reconocen los derechos de los servidores de igualdad para adaptarse Interdicto (MS), para garantizar el derecho.

Cuando veo el término mal utilizado fue trasladado porque no hay más transferencias en la actual Administración Pública, si la denominación a mantener todo el proceso será inconstitucional.
Los nombramientos para las posiciones FORMAS DE PÚBLICO

El relleno es el relleno de los cargos públicos

Originalmente, se presupone la ausencia de una relación jurídica previa mantenida entre el servidor y la Administración.
La única manera para la Prestación de origen es la designación que se puede mantener en carácter o posiciones de Comité de prestación efectiva.
• Nombramiento - Papel de vigencia: requiere la aprobación de la oferta pruebas o de pruebas y títulos - sabemos que el procedimiento de aprobación no motiva el DERECHO ADQUIRIDO LA CITA.

Derivado: Las formas derivadas para llenar los cargos públicos, se derivan de una relación anterior entre servidor y Administración.
• Promoción
• Redistribución
• Reversión
• Utilización
• Reintegración
• Renovación
El servidor puede progresar en la misma carrera, los distintos niveles de la misma carrera. Dada la comprensión del STF, se entendió que la Ascensión funcional y transferencia son inconstitucionales.

Promoción: es la elevación de un servidor de una clase a otra dentro de la misma carrera. Por lo tanto, había una vacante en una posición más baja y en consecuencia la provisión de un cargo más alto.
• Carrera: es la agrupación de las clases de posiciones en la misma actividad

Rehabilitación: es el servidor de puerta de enlace a otra posición coherente con la incapacidad física que pueda presentar.

Reversión: es el regreso al servicio activo del servidor jubiló por incapacidad cuando unsubsistent las causas de jubilación - que puede suceder en la misma posición si todavía está vacante u otra similar.
• Si no hay una posición vacante, el servidor que va a invertir como EXCEDENTE.

Utilización: es el retorno al servicio de Active Server que se encontraba y se golpeó la disponibilidad - debe realizarse en posición similar a la que antes ocupaba.
• La Administración debería llevar a cabo el uso de la prioridad, incluso antes de realizar la competencia para esa posición.

Reintegración: el retorno al servicio de Active Server que fue despedido cuando el despido se volcó administrativa o judicialmente, volviendo al mismo puesto que ocupó anteriormente.
• Da con la compensación de todas las ventajas que el servidor dejó de percibir durante el período de su ausencia.

Renovación: es el retorno a la posición ocupada previamente, el servidor era de libertad condicional sin éxito en otro cargo para el que fue nombrado el resultado de otro concurso.

inconstitucional:

• Transferencia: Fue el paso de un servidor de un cuadro a otro dentro de la misma potencia, sino que también era una forma de vacante y el llenado. Implicaba un cambio de un cuadro a otro, hiriendo a una norma constitucional. Se consideró inconstitucional.

• Ascensión: el modo se consideró inconstitucional - fue la aprobación de una carrera a otra.



loading...

- Tratamento IsonÔmico Pedagogo Professor Rede Faetec
TRATAMENTO ISONÔMICO PEDAGOGO E PROFESSOR REDE FAETEC Os órgãos e entes da Administração direta e indireta na realização das atividades que lhes competem regem-se por normas. Além das normas específicas para cada matéria ou setor,...

-
TRATAMENTO ISONÔMICO PEDAGOGO PROFESSOR REDE FAETEC Os órgãos e entes da Administração direta e indireta na realização das atividades que lhes competem regem-se por normas. Além das normas específicas para cada matéria ou setor, há...

- Tratamento IsonÔmico Pedagogo Professor Rede Faetec
TRATAMENTO ISONÔMICO PEDAGOGO PROFESSOR REDE FAETEC TRATAMENTO ISONÔMICO PEDAGOGO PROFESSORREDE FAETEC Os órgãos e entes da Administração direta e indireta na realização das atividades que lhes competem regem-se por normas. Além das...

- Tratamento IsonÔmico Pedagogo Professor Rede Faetec
TRATAMENTO ISONÔMICO PEDAGOGO PROFESSOR REDE FAETEC TRATAMENTO ISONÔMICO PEDAGOGO PROFESSORREDE FAETEC Os órgãos e entes da Administração direta e indireta na realização das atividades que lhes competem regem-se por normas. Além das...

- Tratamento IsonÔmico Pedagogo Professor Rede Faetec
TRATAMENTO ISONÔMICO PEDAGOGO PROFESSORREDE FAETEC Os órgãos e entes da Administração direta e indireta na realização das atividades que lhes competem regem-se por normas. Além das normas específicas para cada matéria ou setor, há preceitos...



Aprendizado








.